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En defensa de Camet (y, de todos)

La detención del ex ministro de Economía, Jorge Camet, es una infamia. Y, tal deshonra, estando anciano y aquejado en su salud, puede serle fatal. ¿En qué pensó el vocal José Balcázar cuando dictó esta medida?

Los estragos que puede ocasionarle no se justifican. Denotan mala fe y una arbitrariedad que deben erradicarse de los procesos. Uno, porque toda persecución resulta contraproducente; y, dos, porque convoca a la desconfianza hacia la entidad judicial.

Hay varias razones para defender al viejo ex ministro. Por sus calidades personales, por su edad, por su salud. Pero, la principal es que su caso refleja un peligro latente que existe para todos: No hay ninguna seguridad para salvaguardar la propia libertad en un proceso penal.

Cualquiera que no tenga influencia política puede ser tratado como un vulgar delincuente. Se ha consagrado, pues, cierta igualdad jurídica, pero hacia abajo. (“Eres sospechoso: Anda a la cárcel. Después veremos si eras inocente”).

En efecto, si quien cumplió con ir a 56 citaciones y regresó del exterior 9 veces cumpliendo su palabra, es tratado así, cómo esperan que concurran quienes se sepan a sí mismos culpables. Con mayor razón aún temerán asistir los inocentes. ¿Cómo puede confiarse en un sistema así?

El derecho penal se engendró, en su momento, como freno a los excesos estatales. No obstante, durante toda su vigencia, ha demostrado que no cumple con tales expectativas. No se piensa en el individuo sino en el Estado.

Una de las principales garantías jurídicas es la presunción de la inocencia. Y, ello implica, necesariamente, poder defenderse en y con libertad. El peligro de fuga o la perturbación de la actividad probatoria son excusas en contra de este derecho. Si no prescribieran los delitos no se temería lo primero. Lo segundo, si alguien es culpable, se puede dar esté o no recluido.

Así es; las contradicciones de las que adolece nuestro sistema procesal penal estriban en ser una mezcla racionalista entre proceso inquisitorial y acusatorio. Recuérdese que el primero se creó deliberadamente para cazar herejes durante la edad media. Carecía de garantías, pues era intencionada creación política.

El segundo, es propiamente jurídico; no obstante, la expropiación de la iniciativa en la acusación lo ha desnaturalizado. Ello por cuanto el fiscal es también un agente estatal.

Pero, hay mecanismos privados como alternativas a estos sistemas. Aún, en los casos de delitos públicos. Si fuera el caso, deberían considerarse, en forma adecuada, las transacciones y otras soluciones de naturaleza arbitral. Si alguien es responsable y así se lo declara, debería de responder con su patrimonio o el fruto de su trabajo, presente o futuro.

No obstante, en la actual coyuntura prima la razón del carcelero. Y, esto, no conduce a nada. Salvo a satisfacer, con el sufrimiento, cierto inconfesable sadismo. La envidia, el rencor y otras pasiones de semejante índole pueden aflorar junto con la inquina personal de quienes tienen en sus manos la libertad de los ciudadanos. Ello no debe permitirse.

Por medidas semejantes a la dictada contra Jorge Camet hay magistrados recluidos en la cárcel. Se los acusa de haberse coludido para perseguir, en su momento, a los “enemigos del régimen”.

Este notorio atropello a la libertad (de los tantos que se perpetran a diario) puede distraer la atención de los últimos desatinos gubernamentales. Pero, no debe sernos indiferente, pues ello significaría ceder en la defensa de los propios derechos.


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